jueves, 2 de julio de 2009

HONDURAS Y SUS ARTISTAS, NOMBRE DE LA PELICULA : ¿GOLPE O SUSTITUCION?

  • ALGUNOS HECHOS E INTERIORIDADES EN EL GOLPE O SUSTITUCION PRESIDENCIAL EN HONDURAS Y SUS ACTORES LOS POLITICOS.

    CASOS DE VIOLACIONES A NUESTRA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA (ENTRE OTROS)

    CASO RAMON MATA BALLESTEROS.- Extraditado a los Estados Unidos en la Administración de José Azcona, violando el articulo 102.
    CASO RICARDO MADURO.- Electo Presidente de la Republica sin ser Hondureño (Nacionalidad Panameño) en la Administración de Carlos Flores, siendo Presidente del Congreso Nacional Rafael Pineda Ponce (quien hoy defiende la constitución), violentando el articulo 23.
    CASO PORFIRIO LOBO SOSA.- En la Administración Maduro, fungiendo como presidente del Congreso Nacional, se violento el articulo 240 numeral 1
    CASO ROBERTO MICHELETTI BAIN.- Administración Zelaya, fungiendo como presidente del Congreso Nacional por pretensiones presidenciales solicito interpretación del articulo 240 violado por Porfirio Lobo, logrando revertir dicho articulo para sus intereses políticos.
    CASO JUAN ORLANDO HERNANDEZ.- No podía ser diputado en virtud de la prohibición del artículo 199 numeral 10 durante la gestión de Roberto Michelety como presidente del Congreso Nacional, artículo violado por intereses políticos.
    CASO ELVIN SANTOS ORDOÑEZ.- Electo Vicepresidente con la formula Zelaya Rosales; se violento el articulo 239 siendo presidente del CN Roberto Michelety, para favorecerlo en sus aspiraciones presidenciales en el 2008, cambiando el texto constitucional de vicepresidente a designados presidenciales y tácitamente aceptó la renuncia al Señor Santos y así convertirse en el candidato oficial del Partido Liberal de Honduras.
    CASO ENRIQUE ORTEZ SEQUEIRA.- Siendo electo Regidor Municipal por el Distrito Central, se violento las prohibiciones del articulo 52 numeral 2 con el fin de nombrarlo Magistrado en el Tribunal Supremo Electoral, fungiendo como Presidente del CN Roberto Michelety Bain. “NO PODRAN SER ELECTOS MAGISTRADOS DEL TSE LOS QUE ESTEN NOMINADOS U OSTENTEN CARGOS DE ELECCION POPULAR”.
    CASO DAVID MATAMOROS BATSON.- Fue electo diputado por el Partido Nacional para el periodo 2006-2010, se violento de igual forma la prohibición del articulo 52 numeral 2, para nombrarlo magistrado del TSE.
    CASO JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES.- Se violento el articulo 84 y 99 al sacarlo por la fuerza hacia un país extranjero sin antes realizar un juicio en el país.
    CASO PLEBISCITO Y REFERENDUM:- Resulto de la reforma del articulo 5 de la Constitución y su Reglamento se aprobó seis años después y días antes de la practica de la Encuesta de Opinión, para evitar su curso.
    CASO CENSURA Y CIERRE DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN.- En la fecha 28 de junio del 2009 hasta la fecha, se procedió a cerrar el canal del estado CANAL 8, canal 36, algunos programas del canal 66 y la Radio Nacional de Honduras violentando así los artículos 72 y 73 de la Constitución y de la Ley respectiva. Durante el Lunes 29 se desconoció la imagen de CNN en Español, únicamente audio durante todo el día. Durante las horas pico o cuando hay sucesos a favor del señor Zelaya Rosales, bloquean las señales de algunos canales de televisión local y por cable, dejando unicamente a los canales de los empresarios que le han hecho mucho daño al pais. Aun hay cortes de energía eléctrica

    I N T E R I O R I D A D E S

    v El Presidente Zelaya y su Consejo de Ministros emitió un Decreto para dar a conocer una CONSULTA POPULAR en el mes de marzo 2009, dicho decreto nunca salio a la luz publica; no obstante, las instituciones contralores como el Ministerio Publico en primera instancia, presentó una nulidad inconstitucional sobre este decreto aduciendo que esto era menester del Tribunal Supremo Electoral. La defensa del Estado brindo una opinión personal sin haberse informado del caso, sumado a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que resolvió en “el termino de la distancia” (cosa rara en Honduras por la mora judicial existente) que este Decreto aun si haberse publicado, era inconstitucional.
    v Por consejo de sus abogados, el consejo de ministros cambio el nombre a ENCUESTA DE OPINION en base al articulo 5 de la Ley de Participación Ciudadana aprobada el mismo día de la toma de posesión del Presidente Zelaya.- Desde ese momento comenzó la alharaca jurídica donde la Procuradora solicito a titulo personal la interpretación de la “ sentencia anterior “ y el Juzgado emitió diciendo que era extensiva también para futuras acciones (que aun no se habían concretado), también se pronuncio el presidente de los abogados sin el consenso de ellos, el Comisionado de los Derechos Humanos y toda la maquinaria judicial auspiciada desde el Congreso Nacional a fin de parar los intentos del presidente; aun el segundo Decreto no había sido publicado, sino hasta el 25 de junio 2009.
    v El proyecto de la Encuesta de Opinión fue dada a conocer el día sábado 27 de Junio ante el cuerpo diplomático y se presento a las personales en calidad de acompañantes provenientes de otros países y de la OEA.
    v El domingo 28 de junio a las 5 de la mañana, día de la ejecución del Proyecto Presidencial el pueblo se informo del secuestro y salida intempestiva hacia Costa Rica del Presidente Zelaya Rosales por parte de efectivos de las Fuerzas Armadas.
    v El mismo día 28 aparece en el Congreso Nacional que se reunió de emergencia y de forma ya premeditada, una RENUNCIA firmada por el presidente el día 25 de JUNIO, y esto sirvió de base para que a la 1 de la tarde el CN aceptara por unanimidad dicha renuncia y al instante se tomo la promesa de ley a Roberto Michelety como nuevo presidente, entonces ¿ Si el señor Zelaya Rosales renuncio el 25 de Junio, porque no lo anuncio el mismo día?, ¿ Si el señor Zelaya Rosales renuncio el 25 de Junio, porque se reunió con los embajadores el sábado 27? ¿que paso durante esas 8 horas de ausencia presidencial entre las 5 am y la 1 p.m.?
    v Días antes hubo intenciones de declarar al presidente incapacitado mental, pues hubo epítetos de parte del señor Michelety de llamarlo Drogo, borracho y trastornado.
    v Roberto Michelety perdió las elecciones internas en Noviembre 2008 siendo superado por Elvin Santos del mismo Partido Liberal, al presidente del CN le costo aceptar su derrota, además se presto para manipular a los consejos departamentales electorales a fin de agregar a las planillas a personas que no fueron electos diputados de su corriente y en una forma ilegal y arbitraria fueron eliminados otros.
    v En la convención liberal el señor Micheletti fue nombrado como presidente de ese Instituto Político ante el rechazo de todos los miembros de ese partido, en componendas con Elvin Santos.
    v El Fiscal del Estado Rubí le ha mentido a CNN cuando se le pregunto, que si la orden de captura de Zelaya Rosales había sido emitida antes o después de extraditarlo y el dijo ante y esta orden fue emitida hasta el día Lunes 29 de Junio de los corrientes.
    v El Congreso Nacional ha decretado Toque de Queda y esta para hacerse efectiva tiene que regirse por la Ley de Estado de Sitio como reza la Constitución en su artículo 188 y no se ha hecho así.
    v El recién nombrado canciller el señor Ortez Colindres al preguntarse sobre la reunión del SICA el día sábado 27 de junio dijo: “ a mi no me pregunten por sica, saca o Suca, que eso no existe”
    v El Fiscal General Rubí también ha dicho “ Que no les quede la menor duda, Zelaya Rosales será apresado venga con quien venga”
    v Otro fulano ha vertido “ Honduras es rica en recursos y debemos explotarlos en caso de que la comunidad internacional nos de la espalda”

    POR LA JUSTICIA Y LA RAZON, SE LES RUEGA A LOS POLITICOS NO INCLUIR A DIOS EN SUS COCHINADAS, DE TODAS FORMAS TODOS SILBAN EN LA MISMA LOMA.

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