Por: Irma Becerra*
Para condenar la guerra militarista del presidente usurpador de Honduras, Juan Orlando Hernández, en tiempos de paz contra el pueblo hondureño desarmado y pacífico, es necesario de una vez por todas, acudir a los Organismos de Derecho Internacional para que éstos creen nuevas restricciones del Derecho en tiempos de paz, porque éste peligroso individuo está violentando todos los Convenios Internacionales en tiempos de guerra entre las naciones, tales como la Convención de Ginebra de 1949 y el Protocolo de Ginebra de 1925 contra el uso de armas químicas en tiempos de guerra, una guerra que él ha iniciado en el país contra su propio pueblo. No existe, hasta ahora, una prohibición por parte del Derecho Internacional que limite la agresión armada violenta represiva con uso de armas tóxicas de un dictador contra su propio pueblo en tiempos de paz. Sólo existen convenios humanitarios en tiempos de guerra para proteger a los participantes, especialmente los civiles, de crueldades extremas cuando hay conflictos armados entre enemigos acérrimos.
No obstante, incluso la Convención de Ginebra de 1949, en su artículo 154 del Convenio del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempos de guerra, garantiza como finalidad “el respeto de la dignidad y del valor de la persona humana descartando todo atentado contra los derechos que, por esencia, le son inherentes, y contra las libertades sin las cuales pierde su razón de ser”. Por consiguiente, se prohíben principalmente:
“a) los atentados contra la vida y la integridad corporal de los seres humanos, en particular las torturas, los suplicios, los tratos crueles…”
d) los atentados contra la dignidad de las personas, especialmente los tratos humillantes y degradantes, así como los tratos discriminatorios fundados en diferencias de raza, de color, de nacionalidad, de religión o de creencias, de sexo, de nacimiento o de fortuna” (Los convenios de Ginebra de 1949, pág. 33. Disponible en Internet en la siguiente dirección https://www.icrc.org/es/doc/assets/files/publications/convenios-gva-esp-2012.pdf).
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Como vemos, aún en tiempos de guerra se garantiza un trato humanitario a las personas civiles para que, de alguna forma, no salgan tan afectadas por el conflicto armado o la guerra en sí. No es el caso de Honduras. Observamos con indignación cómo se reprime de manera brutal a la población civil; cómo se asesina selectivamente a dirigentes y a jóvenes de todos los sectores; cómo el gobierno no desea atender a los ciudadanos misquitos que desde hace una semana duermen en las aceras de la casa presidencial esperando por una cita del “presidente”; y hoy, miércoles 10 de junio, hemos asistido a la gota que ha derramado el vaso con la soberbia y la prepotencia del gobernante: los diputados del partido en oposición al gobierno, LIBRE, que desde hace ya varias semanas se habían declarado en insurrección en el Congreso, para no seguir avalando leyes que atentan contra el pueblo, fueron brutalmente gaseados con bombas lacrimógenas lanzadas a sus rostros, en el Congreso Móvil de Gracias, Lempira, afectando así de forma directa su salud y con peligro de pérdida de la visión para uno de ellos.
Ante ésta nueva salvajada, nosotros señalamos que ni el Protocolo de Ginebra de 1925 que prohíbe el uso de armas químicas en tiempos de guerra; “así como el empleo de gases asfixiantes, tóxicos o similares, así como de todos los líquidos, materias o procedimientos análogos, y ha sido a justo título condenado por la opinión general del mundo civilizado” (Véase https://www.icrc.org/es/doc/resources/documents/misc/treaty-1925-gases-and-bacteriological-protocol-5tdm2p.htm), es respetado por el sátrapa dictador en la cruenta guerra que se ha empeñado en librar contra el pueblo hondureño desarmado y pacífico.
Ignoramos si Honduras es signataria o no del Protocolo de Ginebra de 1925, pero el hecho en sí, es suficientemente grave ya que atenta de manera degradante y alevosa contra la dignidad de las personas que manifiestan su oposición al mandatario borracho de poder y de abuso de poder. Ya es tiempo de que el Derecho Internacional defienda a los pueblos en tiempos de paz contra el yugo de dictadores tiránicos que los encadenan al falso poderío de la ignominia, y contra los objetivos guerreristas de gobernantes criminales que le hacen una cruenta guerra a la paz.
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